Con ocasión de la creación de un nuevo festivo nacional, la DIAN ajustó algunos vencimientos tributarios previstos para el mes de julio, con el fin de garantizar que los contribuyentes cuenten con los plazos adecuados para cumplir sus obligaciones fiscales. La modificación evita que los vencimientos coincidan con un día no hábil y brinda mayor seguridad jurídica en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

¿Qué cambia?

¿Quiénes deben revisar el nuevo calendario?

PERSONAS JURÍDICASPERSONAS NATURALESOBLIGADOS PERIÓDICOS
– Empresas en general
– Contribuyentes declarantes
– Agentes retenedores
– Personas naturales obligadas a declarar
– Independientes con obligaciones
– Rentistas de capital
– Responsables del IVA
– Obligados a declarar renta
– Contribuyentes con pagos periódicos

¿Qué deben hacer las empresas?

💡 Aunque algunos vencimientos fueron prorrogados, las empresas no deben esperar hasta el último día: cualquier retraso puede generar sanciones, intereses y costos adicionales.  

El RADIAN es la plataforma administrada por la DIAN que permite registrar los eventos asociados a las facturas electrónicas como título valor, facilitando su circulación, negociación y cobro formal.

¿Por qué es importante verificar una factura en RADIAN?

Una factura electrónica correctamente registrada permite:

El RADIAN es la plataforma administrada por la DIAN que permite registrar los eventos asociados a las facturas electrónicas como título valor, facilitando su circulación, negociación y cobro formal.

¿Por qué es importante verificar una factura en RADIAN?

Una factura electrónica correctamente registrada permite:

#PASO¿QUÉ VERIFICAR?
1Confirmar emisión correctaGeneración electrónica, validación DIAN e información completa del comprador y vendedor.
2Revisar aceptaciónAceptación expresa o tácita, fecha de aceptación y eventos registrados.
3Consultar eventos RADIANRegistro de la factura, aceptaciones, endosos o negociaciones y estado actual.
4Confirmar requisitos para cobroExistencia de la operación, entrega del bien o servicio, aceptación del adquirente y registro adecuado de eventos.

Recomendaciones empresariales

  1. Implementar controles internos de facturación electrónica.
  2. Revisar periódicamente la cartera activa en RADIAN.
  3. Capacitar al personal administrativo y contable.
  4. Validar documentos antes de iniciar procesos de cobro.

Errores frecuentes

  1. Facturas sin aceptación registrada en el sistema RADIAN.
  2. Información incompleta del comprador o del vendedor.
  3. Diferencias entre la factura y la operación real.
  4. Falta de seguimiento a los eventos electrónicos del documento.
✔ La gestión activa de la cartera en RADIAN reduce el riesgo de cartera incobrable y mejora la liquidez de la empresa.  

La presentación tardía de declaraciones tributarias puede generar sanciones económicas para los contribuyentes. Sin embargo, la normativa contempla mecanismos que permiten acceder a reducciones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué es la sanción por extemporaneidad?

Es una consecuencia económica aplicada cuando una declaración tributaria es presentada después del plazo establecido por la DIAN. Puede afectar:

¿Cómo acceder a una reducción?

  1. Identificar correctamente la sanción aplicable.
  2. Verificar si cumple las condiciones legales para la reducción.
  3. Realizar la corrección o presentación correspondiente.
  4. Liquidar correctamente los valores a pagar.
  5. Conservar los soportes del procedimiento realizado.

Aspectos importantes a revisar

¿QUÉ REVISAR?¿POR QUÉ ES CLAVE?
Tipo de obligación tributariaCada impuesto tiene reglas y plazos propios
Fecha del incumplimientoDetermina la tarifa de sanción aplicable
Normas aplicables al casoLa reducción no opera de forma automática
Condiciones exigidas por la DIANDeben cumplirse antes de la notificación formal
💡 Antes de aceptar una sanción o realizar una corrección tributaria, efectúe un análisis técnico para identificar posibles beneficios legales y evitar pagos superiores a los realmente correspondientes.  

El Ministerio del Trabajo estableció lineamientos para fortalecer la aplicación de la estabilidad laboral reforzada, especialmente en casos donde un empleador pretende finalizar la relación laboral con trabajadores que cuentan con protección especial.

¿Quiénes pueden tener estabilidad laboral reforzada?

Nuevos criterios para empleadores

Antes de finalizar un contrato, las empresas deben:

Riesgos de un despido sin autorización

CONSECUENCIA PARA EL EMPLEADOR
Reintegro del trabajador al cargo. 
Pago de salarios dejados de percibir durante el proceso. 
Indemnizaciones adicionales por vulneración de derechos. 
Procesos judiciales laborales de alta complejidad. 
✔ Fortalecer los procesos internos de gestión humana permite reducir riesgos legales y garantizar decisiones laborales ajustadas a la normativa vigente.

Con el propósito de fortalecer la industria automotriz y promover la transición hacia una movilidad más sostenible, el Gobierno Nacional expidió un decreto que impulsa la producción nacional de vehículos eléctricos e híbridos mediante incentivos para la fabricación y el desarrollo de esta industria. La medida busca aumentar la competitividad del país, atraer inversión y fomentar el crecimiento de tecnologías limpias.

Objetivos del decreto

¿Quiénes podrían beneficiarse?

FABRICANTESSECTOR ENERGÉTICOAUTOPARTESINFRAESTRUCTURA DE CARGAINVERSIONISTAS
– Ensambladores
– Fabricantes nacionales
– Empresas eléctricas
– Proveedoras de energía
– Productores de autopartes
– Proveedores de componentes
– Constructores de estaciones
– Redes de carga EV
– Capital privado
– Fondos de inversión verde

Impacto para el sector empresarial

El decreto abre oportunidades concretas para:

Beneficios esperados

BENEFICIOS INDUSTRIALES🌱 BENEFICIOS AMBIENTALES
Mayor producción nacional.Impulso a la economía verde.Modernización del parque automotor.Fortalecimiento de la innovación empresarial.Reducción de emisiones de gases contaminantes.Menor dependencia de combustibles fósiles.Transición energética progresiva.Mejora de la calidad del aire en ciudades.
💡 Las organizaciones vinculadas al sector automotor, energético e industrial deben revisar el decreto para identificar beneficios, incentivos y requisitos técnicos para acceder a ellos.  

ANTES 44 horas semanalesDESDE EL 15 DE JULIO DE 2026 42 horas semanales
ESTA REDUCCIÓN NO APLICA PARA:
Cargos de dirección, confianza o manejo Gerentes, directores, jefes de área, supervisores con autonomía decisoria y demás cargos de confianza según el artículo 162 del C.S.T. Para estos cargos no existe jornada máxima legal.
Servidores públicos Empleados de entidades del Estado regidos por normas de derecho público. EXCEPCIÓN: si la empresa estatal está sometida al Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.), la reducción sí aplica.

EJEMPLOS PRÁCTICOS DE HORARIOS ADAPTADOS A 42 HORAS

Distribución semanal conforme al Código Sustantivo del Trabajo

OPCIÓNHORARIO SUGERIDOIDEAL PARAA TENER EN CUENTA
OPCIÓN 1 LA MÁS RECOMENDADA Lunes a viernes — sin sábados 8 h 24 min/día · 42 h semanalesL-V: 7:30–12:00 m. y 1:30–5:24 p.m. (1 h de almuerzo no remunerada) Alterna: 8:00–12:00 m. y 1:00–5:24 p.m.Oficinas y empresas de servicios.

Mejora el clima laboral y la retención del talento.
Cumple las 42 h sin trabajar sábados.

La más fácil de administrar.
OPCIÓN 2 JORNADA CONTINUA Lunes a viernes — sin interrupción larga 8 h 24 min/día · 42 h semanalesOpción A: 6:00–2:24 p.m. Opción B: 7:00–3:24 p.m. · Opción C: 8:00–4:24 p.m. (Pausa de 30 min incluida en la jornada)  Manufactura, bodegas o turnos continuos.La pausa no se descuenta si el trabajador está a disposición.

Verificar el Reglamento Interno.
OPCIÓN 3 CON MEDIO SÁBADO Lunes a sábado — sábado media jornada 8 h L-V + 2 h sábado · 42 h semanales  L-V: 8:00–12:00 m. y 2:00–6:00 p.m. (8 h) Sábado: 8:00–10:00 a.m. (2 h) Alterna sábado: 7:00–9:00 a.m. o 9:00–11:00 a.m.    Comercio, retail e industria.  Sábado hasta 9:00 p.m. es jornada diurna.

Más de 2 h el sábado puede ser hora extra.
OPCIÓN 4 SEIS DÍAS COMPLETOS Lunes a sábado — jornadas más cortas 7 h/día · 42 h semanales  Opción A: L-S 7:00 a.m.–2:00 p.m. (7 h) Opción B: L-S 8:00 a.m.–3:00 p.m. (7 h) Domingo: descanso remunerado obligatorio  Sectores con presencia todos los días hábiles.Domingo trabajado: recargo del 75%.

Más de 3 domingos seguidos generan descanso compensatorio.
OPCIÓN 5 TURNO NOCTURNO Entre las 9:00 p.m. y las 6:00 a.m. Hasta 8 h/turno · 42 h (recargo nocturno 35%)Ej.: 10:00 p.m.–6:00 a.m. (8 h x 5 noches = 40 h) 2 h restantes: sexto turno parcial o ajuste Recargo del 35% entre 9:00 p.m. y 6:00 a.m.  Industria, seguridad, salud, logística (operación continua).  Máximo 10 h ordinarias diarias.

El exceso se paga como hora extra.
(*) El C.S.T. permite distribuir las 42 horas de manera flexible entre los días laborables, siempre que no se supere el máximo diario de 10 horas ordinarias. Cualquier tiempo adicional se reconoce como hora extra con los recargos legales correspondientes.

LISTA DE CHEQUEO PARA EMPRESARIOS


Nuestro objetivo es mantenerlos informados.

www.juridicasycontables.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?